Título VI

Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964

Aviso público sobre el cumplimiento del Título VI

En su calidad de beneficiaria de fondos federales de la Administración Federal de Carreteras y la Administración Federal de Tránsito, la Agencia Metropolitana de Chicago para la Planificación (CMAP, por sus siglas en inglés) cumple con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 para garantizar que ninguna persona sea excluida en cuanto a la participación, se le nieguen los beneficios o sufra discriminación en virtud de cualquier programa o actividad proporcionados por CMAP en base a raza, color u origen nacional.

Proceso para la presentación de quejas en virtud del Título VI

Cualquier persona que crea que ha sido discriminada por motivos de raza, color u origen nacional por parte de CMAP puede presentar una queja en virtud del Título VI completando y enviando el formulario para presentación de quejas pertinente de la agencia. Las quejas en virtud del Título VI deben recibirse por escrito dentro de los 180 días luego del presunto evento discriminatorio.

Para presentar una queja en virtud del Título VI ante CMAP:

  1. Obtenga una copia del Formulario para presentación de queja en virtud del Título VI de CMAP, o solicite una copia del mismo escribiendo a CMAP a 433 West Van Buren, Suite 450, Chicago, IL 60607 o llamando al 312-454-0400.
  2. Llene, escriba la fecha y firme el formulario de presentación de quejas.
  3. Presente la queja ante CMAP no más de 180 días después del presunto incidente ante:
    Title VI Coordinator
    Chicago Metropolitan Agency for Planning
    433 West Van Buren, Suite 450
    Chicago, IL 60607

 

Una vez recibida la queja, la persona que la presenta recibirá una carta de acuse de recibo informándole si CMAP tiene jurisdicción para llevar a cabo una investigación al respecto. CMAP investiga las quejas recibidas no más de 180 días después del presunto incidente que cuenten además con información completa. CMAP tiene 60 días para investigar la situación. CMAP puede comunicarse con la persona que presenta la queja si se necesita más información para resolver el caso. Si la persona que presenta la queja no se comunica con CMAP o la agencia no recibe la información adicional en un plazo de 40 días hábiles, se puede proceder a cerrar administrativamente el caso. Un caso también puede cerrarse administrativamente si la persona que presenta la queja ya no desea continuar con el caso

Después de que CMAP revise la queja, la agencia le enviará una de dos cartas a la persona que presenta la queja:

  1. Una carta de cierre en la que se resumen las alegaciones y se establece que no hubo una infracción al Título VI, y que el caso se cerrará, o
  2. Una carta en la que se resumen las alegaciones y la investigación con respecto al presunto incidente y una explicación indicando qué acción correctiva ocurrirá.

 

Si la persona que presenta la queja desea apelar la decisión, tiene 60 días a partir de la fecha de la carta de cierre o de la carta de decisión para hacerlo.

Una queja en virtud del Título VI también se puede presentar directamente ante la Administración Federal de Tránsito:

Federal Transit Administration
Office of Civil Rights
Attention: Title VI Program Coordinator
East Building, 5th Floor-TCR
1200 New Jersey Ave., SE
Washington, DC 20590

Para obtener más información sobre el cumplimiento del Título VI de CMAP y el proceso para presentar una queja, póngase en contacto con:

Jane Grover, directora
Agencia Metropolitana de Chicago para la Planeación
312-454-0400
433 West Van Buren Street, Suite 450
Chicago, IL 60607
info@cmap.illinois.gov

Si necesita esta información en inglés, visite www.cmap.illinois.gov/contact/title-vi, o llame al 312-454-0400.

Programa del Título VI

Política de no discriminación de CMAP

CMAP no discrimina por motivos reales o percibidos con base en la raza, color, ascendencia, origen nacional, estado de ciudadanía, religión, edad, discapacidad, estado civil, sexo, orientación sexual, identidad de género, embarazo, estado militar o veterano, información genética, estado de orden de protección o cualquier otra categoría protegida por la ley aplicable. CMAP no tolerará la discriminación ilegal contra los empleados de la agencia por parte de nadie, independientemente de su situación laboral. El acoso ilegal de los empleados de la agencia por parte de personas que no son empleados (como clientes, contratistas, consultores, proveedores y otros terceros con quienes los empleados interactúan mientras realizan sus funciones laborales) también es ilegal y está estrictamente prohibido.

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Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964

Aviso público sobre el cumplimiento del Título VI

En su calidad de beneficiaria de fondos federales de la Administración Federal de Carreteras y la Administración Federal de Tránsito, la Agencia Metropolitana de Chicago para la Planificación (CMAP, por sus siglas en inglés) cumple con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 para garantizar que ninguna persona sea excluida en cuanto a la participación, se le nieguen los beneficios o sufra discriminación en virtud de cualquier programa o actividad proporcionados por CMAP en base a raza, color u origen nacional.

Proceso para la presentación de quejas en virtud del Título VI

Cualquier persona que crea que ha sido discriminada por motivos de raza, color u origen nacional por parte de CMAP puede presentar una queja en virtud del Título VI completando y enviando el formulario para presentación de quejas pertinente de la agencia. Las quejas en virtud del Título VI deben recibirse por escrito dentro de los 180 días luego del presunto evento discriminatorio.

Para presentar una queja en virtud del Título VI ante CMAP:

  1. Obtenga una copia del Formulario para presentación de queja en virtud del Título VI de CMAP, o solicite una copia del mismo escribiendo a CMAP a 433 West Van Buren, Suite 450, Chicago, IL 60607 o llamando al 312-454-0400.
  2. Llene, escriba la fecha y firme el formulario de presentación de quejas.
  3. Presente la queja ante CMAP no más de 180 días después del presunto incidente ante:
    Title VI Coordinator
    Chicago Metropolitan Agency for Planning
    433 West Van Buren, Suite 450
    Chicago, IL 60607

 

Una vez recibida la queja, la persona que la presenta recibirá una carta de acuse de recibo informándole si CMAP tiene jurisdicción para llevar a cabo una investigación al respecto. CMAP investiga las quejas recibidas no más de 180 días después del presunto incidente que cuenten además con información completa. CMAP tiene 60 días para investigar la situación. CMAP puede comunicarse con la persona que presenta la queja si se necesita más información para resolver el caso. Si la persona que presenta la queja no se comunica con CMAP o la agencia no recibe la información adicional en un plazo de 40 días hábiles, se puede proceder a cerrar administrativamente el caso. Un caso también puede cerrarse administrativamente si la persona que presenta la queja ya no desea continuar con el caso

Después de que CMAP revise la queja, la agencia le enviará una de dos cartas a la persona que presenta la queja:

  1. Una carta de cierre en la que se resumen las alegaciones y se establece que no hubo una infracción al Título VI, y que el caso se cerrará, o
  2. Una carta en la que se resumen las alegaciones y la investigación con respecto al presunto incidente y una explicación indicando qué acción correctiva ocurrirá.

 

Si la persona que presenta la queja desea apelar la decisión, tiene 60 días a partir de la fecha de la carta de cierre o de la carta de decisión para hacerlo.

Una queja en virtud del Título VI también se puede presentar directamente ante la Administración Federal de Tránsito:

Federal Transit Administration
Office of Civil Rights
Attention: Title VI Program Coordinator
East Building, 5th Floor-TCR
1200 New Jersey Ave., SE
Washington, DC 20590

Para obtener más información sobre el cumplimiento del Título VI de CMAP y el proceso para presentar una queja, póngase en contacto con:

Jane Grover, directora
Agencia Metropolitana de Chicago para la Planeación
312-454-0400
433 West Van Buren Street, Suite 450
Chicago, IL 60607
info@cmap.illinois.gov

Si necesita esta información en inglés, visite www.cmap.illinois.gov/contact/title-vi, o llame al 312-454-0400.

Programa del Título VI

Política de no discriminación de CMAP

CMAP no discrimina por motivos reales o percibidos con base en la raza, color, ascendencia, origen nacional, estado de ciudadanía, religión, edad, discapacidad, estado civil, sexo, orientación sexual, identidad de género, embarazo, estado militar o veterano, información genética, estado de orden de protección o cualquier otra categoría protegida por la ley aplicable. CMAP no tolerará la discriminación ilegal contra los empleados de la agencia por parte de nadie, independientemente de su situación laboral. El acoso ilegal de los empleados de la agencia por parte de personas que no son empleados (como clientes, contratistas, consultores, proveedores y otros terceros con quienes los empleados interactúan mientras realizan sus funciones laborales) también es ilegal y está estrictamente prohibido.

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